COMUNIDAD MAPUCHE DE VILLA LA ANGOSTURA DEBERÁ DEVOLVER EL CAMPING CORRENTOSO

La justicia de Neuquén falló y ordenó que la tierra, ocupada desde 2011 por la comunidad Paisil Antriao sea restituida al municipio. 
 

 

El municipio de Villa La Angostura y la comunidad mapuche Paisil Antriao
Mantienen un litigio por la tierra en la que se asienta actualmente el Camping Correntoso, a orillas del lago homónimo.
 
El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén emitó un fallo días atrás, en el que no solo ordena la restitución del predio -ocupado en 2011 por la comunidad-, sino que además 
Los ocupantes deberán pagar las costas del caso y los gravámenes actualizados a la municipalidad. 
 
El fallo emitido por el Tribunal de Justicia de la provincia de Neuquén ha invalidado el reclamo de posesión ancestral presentada por la comunidad paisil antriao.

La sentencia, correspondiente al caso "Municipalidad de Villa La Angostura contra Montes Hugo y otros - Asociación Acción Reivindicatoria", ha sido dictaminada por los jueces Roberto Busamia y Osvaldo Moya. Según el fallola comunidad no logró demostrar la ocupación colectiva del terreno en cuestión como una posesión ancestral, porque no existe evidencia que respalde la realización de actividades comunitarias en el lugar.

El fallo también rechaza el recurso de apelación presentado por la comunidad Paisil Antriao, confirmando así la sentencia de primera instancia que ordena la devolución del terreno a la Municipalidad. Además, revoca la decisión de suspender el proceso hasta obtener los resultados del relevamiento territorial previsto por la ley número 26.160 con respecto a la comunidad.
 
En ese contexto, se destacó que la propiedad reclamada por la Municipalidad sobre el lote en disputa también está protegida constitucionalmente, según lo establecido en el artículo 17 de la Constitución Nacional y el artículo 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
 
Diario Andino